Abrir tu clínica de podología implica bastante más que comprar un sillón y un micromotor: es poner en marcha un centro sanitario, con su autorización, su registro y sus obligaciones. Esta guía ordena los trámites y añade lo que casi ninguna otra cuenta: qué sistemas necesitas para operar legalmente desde el primer día.
Información orientativa, no asesoramiento legal. Los requisitos varían por comunidad autónoma y municipio; confirma con tu Colegio de Podólogos, tu Consejería de Sanidad y el ayuntamiento.
1. Requisitos previos: grado y colegiación
Necesitas el Grado en Podología y la colegiación obligatoria en tu Colegio de Podólogos. Es el punto de partida para poder ejercer y titular el centro.
2. El local: licencia de obra y de actividad
- Local con uso compatible y condiciones de accesibilidad.
- Licencia de obra si hay reforma, y licencia de actividad/apertura municipal.
- Sala de tratamiento, zona de esterilización e higiene adecuadas.
3. Autorización sanitaria de funcionamiento
La Consejería de Sanidad debe autorizar el funcionamiento del centro tras revisar instalaciones y equipamiento. Suele exigir una memoria técnica y planos. Es el trámite clave, distinto de la licencia municipal.
4. Registro de centros sanitarios (REGCESS)
Tu clínica debe inscribirse en el registro de centros sanitarios de tu comunidad autónoma, que se integra en el REGCESS (Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios), dentro del marco del RD 1277/2003. El procedimiento varía por CCAA.
5. Residuos biosanitarios y medio ambiente
La actividad podológica genera residuos biosanitarios (material cortante, etc.) que exigen un contrato de gestión con empresa autorizada y, según el caso, declaración responsable ambiental.
6. Seguro de RC y RGPD
Un seguro de responsabilidad civil y el cumplimiento del RGPD para datos de salud son obligatorios desde el primer paciente.
Checklist para abrir tu clínica de podología
| Paso | Estado |
|---|---|
| Grado en Podología y colegiación | Pendiente / En curso / Hecho |
| Local, licencia de obra y de actividad | Pendiente / En curso / Hecho |
| Autorización sanitaria de funcionamiento | Pendiente / En curso / Hecho |
| Inscripción en el registro de centros (REGCESS) | Pendiente / En curso / Hecho |
| Contrato de residuos biosanitarios | Pendiente / En curso / Hecho |
| Seguro de RC y RGPD | Pendiente / En curso / Hecho |
| Agenda, historia clínica y facturación conforme | Pendiente / En curso / Hecho |
Qué necesitas para operar desde la semana 1
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Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para abrir una clínica de podología?
Grado y colegiación, local con licencias, autorización sanitaria de funcionamiento e inscripción en el registro de centros (REGCESS), residuos biosanitarios, seguro de RC y RGPD.
¿Qué es la autorización sanitaria de funcionamiento?
La que concede la Consejería de Sanidad tras verificar instalaciones y equipamiento; suele requerir memoria técnica y planos, y culmina con la inscripción en el registro de centros.
¿Qué es el REGCESS?
El Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, donde constan los centros autorizados por las CCAA.
¿Qué necesito para operar desde el día 1?
Agenda, historia clínica podológica, consentimientos, gestión de plantillas con trazabilidad, RGPD y facturación conforme a VeriFactu.
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