Fiscalidad

IVA en Podología: Qué Está Exento y Cuándo la Venta de Plantillas Lleva IVA

9 min de lecturaPor PROCLINICA Team
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En podología conviven dos mundos fiscales: el acto sanitario, exento de IVA, y la venta de productos, que a menudo no lo está. La duda de «¿le pongo IVA a la plantilla?» aparece cada trimestre. Te la resolvemos con ejemplos de factura y el matiz clave de la órtesis a medida.

Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. La calificación depende de cada caso; consulta con tu asesor y la normativa vigente.

Regla general: el servicio podológico está exento

El artículo 20.Uno.3º de la Ley 37/1992 del IVA exime la asistencia sanitaria (diagnóstico, prevención y tratamiento) prestada por profesionales sanitarios. La quiropodia y los tratamientos podológicos con finalidad sanitaria no repercuten IVA.

Las excepciones que sí llevan IVA

  • Plantillas de serie y productos vendidos como entrega independiente: 21%.
  • Calzado y accesorios.
  • Servicios estéticos sin finalidad sanitaria.
  • Formación o actividades no sanitarias.

El caso clave: la órtesis a medida

¿La plantilla a medida es una entrega independiente (21%) o algo accesorio e inseparable del tratamiento sanitario? Cuando la órtesis es parte indisociable del acto terapéutico, puede seguir el régimen de la prestación principal; cuando se vende como producto en sí, tributa. Es un matiz que conviene documentar bien en la historia clínica y la factura.

Ejemplos de factura

ConceptoIVA
Quiropodia (tratamiento)Exento (art. 20.Uno.3º)
Plantilla de serie vendida aparte21%
Órtesis a medida accesoria al tratamientoSegún la prestación principal (a valorar)

IRPF en tus facturas

Si facturas con retención a empresas o profesionales, la retención general de IRPF es del 15%, reducida al 7% el año de inicio de actividad y los dos siguientes.

VeriFactu: separar conceptos automáticamente

La clave operativa es que tu facturación (VeriFactu/TicketBAI) distinga en cada línea el concepto exento del sujeto al 21%. El software para podólogos de PROCLINICA aplica el IVA correcto por concepto, separa automáticamente actos exentos y ventas gravadas y deja los informes listos para tu gestoría.

Preguntas frecuentes

¿El servicio de podología lleva IVA?

Por regla general no: la asistencia podológica está exenta (art. 20.Uno.3º LIVA). La quiropodia con finalidad sanitaria no repercute IVA.

¿La venta de plantillas lleva IVA?

La plantilla de serie o vendida como entrega independiente suele tributar al 21%; una órtesis a medida accesoria e inseparable del tratamiento puede seguir el régimen de la prestación principal.

¿Cómo facturo el caso mixto?

Distinguiendo cada concepto en la factura: acto exento y producto al 21%. Un software aplica el IVA por concepto.

¿Qué retención de IRPF aplico?

15% general, reducida al 7% el año de inicio y los dos siguientes, si facturas con retención.

Factura el caso mixto sin errores

El software para podólogos que separa actos exentos y ventas con IVA y cumple VeriFactu.

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