En podología conviven dos mundos fiscales: el acto sanitario, exento de IVA, y la venta de productos, que a menudo no lo está. La duda de «¿le pongo IVA a la plantilla?» aparece cada trimestre. Te la resolvemos con ejemplos de factura y el matiz clave de la órtesis a medida.
Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. La calificación depende de cada caso; consulta con tu asesor y la normativa vigente.
Regla general: el servicio podológico está exento
El artículo 20.Uno.3º de la Ley 37/1992 del IVA exime la asistencia sanitaria (diagnóstico, prevención y tratamiento) prestada por profesionales sanitarios. La quiropodia y los tratamientos podológicos con finalidad sanitaria no repercuten IVA.
Las excepciones que sí llevan IVA
- Plantillas de serie y productos vendidos como entrega independiente: 21%.
- Calzado y accesorios.
- Servicios estéticos sin finalidad sanitaria.
- Formación o actividades no sanitarias.
El caso clave: la órtesis a medida
¿La plantilla a medida es una entrega independiente (21%) o algo accesorio e inseparable del tratamiento sanitario? Cuando la órtesis es parte indisociable del acto terapéutico, puede seguir el régimen de la prestación principal; cuando se vende como producto en sí, tributa. Es un matiz que conviene documentar bien en la historia clínica y la factura.
Ejemplos de factura
| Concepto | IVA |
|---|---|
| Quiropodia (tratamiento) | Exento (art. 20.Uno.3º) |
| Plantilla de serie vendida aparte | 21% |
| Órtesis a medida accesoria al tratamiento | Según la prestación principal (a valorar) |
IRPF en tus facturas
Si facturas con retención a empresas o profesionales, la retención general de IRPF es del 15%, reducida al 7% el año de inicio de actividad y los dos siguientes.
VeriFactu: separar conceptos automáticamente
La clave operativa es que tu facturación (VeriFactu/TicketBAI) distinga en cada línea el concepto exento del sujeto al 21%. El software para podólogos de PROCLINICA aplica el IVA correcto por concepto, separa automáticamente actos exentos y ventas gravadas y deja los informes listos para tu gestoría.
Preguntas frecuentes
¿El servicio de podología lleva IVA?
Por regla general no: la asistencia podológica está exenta (art. 20.Uno.3º LIVA). La quiropodia con finalidad sanitaria no repercute IVA.
¿La venta de plantillas lleva IVA?
La plantilla de serie o vendida como entrega independiente suele tributar al 21%; una órtesis a medida accesoria e inseparable del tratamiento puede seguir el régimen de la prestación principal.
¿Cómo facturo el caso mixto?
Distinguiendo cada concepto en la factura: acto exento y producto al 21%. Un software aplica el IVA por concepto.
¿Qué retención de IRPF aplico?
15% general, reducida al 7% el año de inicio y los dos siguientes, si facturas con retención.
Factura el caso mixto sin errores
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