Guía

Cómo Abrir una Consulta de Psicología en España: Trámites Paso a Paso

11 min de lecturaPor PROCLINICA Team
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Abrir tu propia consulta de psicología es un gran paso, pero el laberinto de trámites —colegiación, habilitación sanitaria, autónomos, licencias, registro de centro— frena a muchos profesionales. Esta guía ordena todos los pasos y, sobre todo, te dice qué necesitas para empezar a atender pacientes desde el primer día cumpliendo la normativa.

Información orientativa, no asesoramiento legal ni fiscal. Los requisitos varían por comunidad autónoma y municipio; confirma con tu Colegio Oficial de Psicología, tu asesor y la administración correspondiente.

1. ¿Necesitas ser Psicólogo General Sanitario?

Si vas a prestar asistencia sanitaria (evaluar y tratar), necesitas la condición de Psicólogo General Sanitario (PGS) o la habilitación sanitaria correspondiente. Es el primer filtro y condiciona todo lo demás. Lo desarrollamos en detalle en habilitación sanitaria y Psicólogo General Sanitario.

2. Colegiación en tu Colegio Oficial de Psicología

La colegiación en el COP de tu ámbito es obligatoria para ejercer. Además de habilitarte para la práctica, te da cobertura deontológica y, en muchos colegios, acceso a seguro de responsabilidad civil y ventajas.

3. Alta en Hacienda: IAE y modelo 036/037

  • Alta censal con el modelo 036 o 037.
  • Epígrafe del IAE correspondiente a la actividad (habitualmente el 776 de la sección segunda, profesionales).
  • Definición del régimen de IVA e IRPF (ver el apartado fiscal más abajo).

4. Alta en el RETA (autónomos)

Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Si es tu primer alta, puedes acogerte a la tarifa plana durante los primeros meses, lo que reduce mucho la cuota inicial mientras arrancas.

5. Licencia de apertura y requisitos del local

  • Licencia de actividad/apertura del ayuntamiento, para uso compatible.
  • Local con condiciones de accesibilidad, insonorización y privacidad adecuadas a la consulta.
  • Requisitos de higiene y seguridad.

6. Registro como centro sanitario (por CCAA)

La consulta debe inscribirse en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de tu comunidad autónoma (marco del RD 1277/2003). El procedimiento y los requisitos del local varían según la comunidad: confirma con tu Consejería de Sanidad antes de firmar el alquiler.

7. Seguro de responsabilidad civil

Un seguro de RC profesional te protege ante posibles reclamaciones. Muchos COP ofrecen pólizas colectivas ventajosas para colegiados.

8. RGPD desde el primer paciente

Los datos de salud mental son de categoría especial bajo el RGPD. Necesitas base jurídica adecuada, medidas de seguridad, consentimientos y control de accesos desde la primera sesión.

Checklist para abrir tu consulta

PasoEstado
Psicólogo General Sanitario / habilitaciónPendiente / En curso / Hecho
Colegiación en el COPPendiente / En curso / Hecho
Alta en Hacienda (036/037, IAE)Pendiente / En curso / Hecho
Alta en el RETAPendiente / En curso / Hecho
Licencia de apertura del localPendiente / En curso / Hecho
Registro de centro sanitario (CCAA)Pendiente / En curso / Hecho
Seguro de responsabilidad civilPendiente / En curso / Hecho
Agenda, historia clínica y facturación conformePendiente / En curso / Hecho

Qué necesitas para operar desde la semana 1

Con los trámites en marcha, el día a día exige agenda, historia clínica, consentimientos y facturación conforme. En lugar de montar un puzle de herramientas, el software para psicólogos de PROCLINICA reúne historia clínica por episodios, teleconsulta, agenda flexible, consentimientos RGPD y facturación exenta de IVA conforme a VeriFactu en una sola plataforma.

Preguntas frecuentes

¿Necesito ser Psicólogo General Sanitario?

Para prestar asistencia sanitaria, sí (o la habilitación correspondiente). Sin ella podrías hacer actividades no sanitarias, pero no intervención clínica, y la consulta debe registrarse como centro sanitario.

¿Qué altas necesito como autónomo?

Colegiación en el COP, alta censal en Hacienda (036/037, IAE habitualmente 776) y alta en el RETA, con posible tarifa plana los primeros meses.

¿Debo registrar la consulta como centro sanitario?

Sí, en el registro de centros sanitarios de tu comunidad autónoma. El procedimiento varía por CCAA.

¿Qué necesito para operar desde el día 1?

Agenda, historia clínica conforme a la Ley 41/2002, consentimientos, RGPD y facturación conforme (exención de IVA y VeriFactu). Un software lo reúne todo.

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