Atender a menores en psicología añade una capa de complejidad al consentimiento informado: ¿a partir de qué edad decide el propio menor?, ¿hace falta la firma de ambos progenitores?, ¿y la protección de datos? Aclaramos las reglas y cómo dejarlo todo bien documentado.
Contenido informativo, no asesoramiento legal. Cada caso (madurez del menor, situación familiar, resoluciones judiciales) requiere valoración individual; consulta con tu asesoría o con tu Colegio Oficial de Psicología.
La regla de los 12 y 16 años
La Ley 41/2002 gradúa la capacidad del menor:
- Menores de 12: consienten sus representantes legales (patria potestad).
- Desde los 12 años: debe escucharse su opinión.
- A partir de los 16 (mayoría de edad sanitaria): el menor maduro puede consentir por sí mismo, salvo situaciones de grave riesgo, en las que se informa a los padres.
Padres separados y patria potestad compartida
Iniciar una terapia es, por lo general, una decisión relevante para la salud del menor. Con patria potestad compartida, suele requerir el consentimiento de ambos progenitores, salvo resolución judicial en contra. Ante la duda, recaba la firma de los dos y déjalo documentado: es una de las fuentes de conflicto más habituales.
La doble capa: consentimiento clínico + RGPD
Hay que distinguir dos consentimientos que a menudo se confunden:
- Consentimiento clínico: autoriza la intervención (evaluación y tratamiento), según la regla de edad anterior.
- Consentimiento de datos (RGPD): la LOPDGDD sitúa en 14 años la edad para consentir el tratamiento de datos; por debajo lo hacen los titulares de la patria potestad. Los datos de salud mental de un menor son de categoría especial.
Qué debe incluir el documento
- Identificación del menor y de quién otorga el consentimiento.
- Descripción de la intervención, objetivos y alternativas.
- Confidencialidad y sus límites (especialmente con los progenitores).
- Información de protección de datos conforme al RGPD.
- Firma y fecha.
Firma y custodia digital
La firma digital en tablet o móvil es válida y facilita la custodia del documento vinculado a la historia clínica del menor, con trazabilidad de quién firmó y cuándo. El software para psicólogos de PROCLINICA guarda los consentimientos firmados junto a la ficha del paciente, cumpliendo el RGPD para datos de salud mental.
Preguntas frecuentes
¿Quién firma el consentimiento de un menor?
Los representantes legales si el menor no es maduro; desde los 12 se le escucha, y hacia los 16 el menor maduro puede consentir por sí mismo, salvo grave riesgo.
Con padres separados, ¿necesito a los dos?
Con patria potestad compartida, iniciar terapia suele requerir el consentimiento de ambos, salvo resolución judicial. Ante la duda, recaba la firma de los dos.
¿Qué edad marca la LOPDGDD para los datos?
14 años para que el menor consienta el tratamiento de sus datos; por debajo, la patria potestad. Es una capa distinta del consentimiento clínico.
¿Vale la firma digital?
Sí, y facilita la custodia vinculada a la historia clínica con trazabilidad, cumpliendo el RGPD.
Consentimientos digitales bien custodiados
El software para psicólogos con firma digital de consentimientos vinculados a la historia clínica y RGPD para datos de salud mental.